Cambios en el ingreso a España

28 de enero de 2022

Novedades en el ingreso a España

Importante: más allá de la información que les comparto, recomiendo que también realicen sus consultas con el consulado español

Los cambios que se presentan, respecto de lo que se solicitaba (abajo les cuento de estos requisitos en la pregunta “¿Qué dijo al respecto la Embajada de España?”) sucede que ahora sólo pueden viajar los argentinos que acrediten esquema completo de vacunación, y aceptando las que estén autorizadas por la OMS (vacunas con estatutos “EOI accepted”) y por la Agencia Europea de Medicina.

De las conocidas por estos lados, se destacan: Novavax; AstraZeneca; Moderna; BioNTech; Janssen; Pfizer; Covishield; Covaxin; Sinopharm; Sinovac; Covovax; Cansino; Sanofi; Novavax. Lamentablemente, la vacuna Sputnik no integra ninguna de las listas de dichas Entidades.

Sin embargo, en el documento del día de hoy dice: “también se admiten certificados con vacunas no autorizadas por estos organismos, pero la última dosis administrada debe ser de una de las vacunas autorizadas”, ante esta frase, Infobae consultó a las fuentes de Embajada, quienes confirmaron a este medio que, a partir de ahora, España admite personas que hayan iniciado su esquema de vacunación con Sputnik-V y que se hayan dado una última dosis con alguna vacuna reconocida. Es decir que un argentino que haya recibido dos dosis del inoculante ruso y un refuerzo de Moderna o Pfizer, podrá viajar al país. Teniendo en cuenta todo esto, es importante remarcar que el Gobierno de España especificó que se aceptarán como válidos aquellos certificados de vacunación a partir de los 14 días posteriores a la fecha de administración de la última dosis de la pauta vacunal completa. Además, desde el 1º de febrero, se dejarán de considerar válidos aquellos esquemas de vacunación que superen los 270 días desde la última aplicación.

Infobae. Tomás Peiró, 28 de enero de 2022.

Es importante recordar que desde la fecha de la última dosis debe haber una diferencia de 14 días con respecto a la fecha de embarque, para poder ingresar a España. En el caso de combinar vacunas no aceptadas con una última dosis de una vacuna avalada por el país ibérico, los 14 días se contarán de esa última dosis.

Recueden que todo esto se suma al requisito del formulario. Los viajeros deberán cumplimentar el Formulario de Control Sanitario y obtener un código QR individualizado. Más abajo disponen de un enlace.

¿Qué sucede con aquellas personas que no cumplen con el requisito de vacunación?

Es decir, no poseen el esquema completo de vacunación o no tienen combinación de última dosis con alguna de las vacunas aceptadas por España, sólo pueden ingresar a España si encuadran en alguna de las siguientes excepciones, como se indica en el sitio Travel Safe de España:

  • Residentes habituales en la Unión Europea, Estados asociados Schengen, Andorra, Mónaco, El Vaticano (Santa Sede) o San Marino que se dirijan a ese país, acreditándolo documentalmente.
  • Titulares de un visado de larga duración expedido por un Estado miembro o Estado asociado Schengen que se dirijan a ese país. 
  • Profesionales de la salud, incluidos investigadores sanitarios, y profesionales del cuidado de mayores que se dirijan o regresen de ejercer su actividad laboral.
  • Personal de transporte, marinos y el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo.
  • Personal diplomático, consular, de organizaciones internacionales, militares, de protección civil y miembros de organizaciones humanitarias, en el ejercicio de sus funciones.
  • Estudiantes que realicen sus estudios en los Estados miembros o Estados asociados Schengen y que dispongan del correspondiente permiso o visado y seguro médico, siempre que se dirijan al país donde cursan sus estudios, y que la entrada se produzca durante el curso académico o los 15 días previos.
  • Trabajadores altamente cualificados cuya labor sea necesaria y no pueda ser pospuesta o realizada a distancia, incluyendo los participantes en pruebas deportivas de alto nivel que tengan lugar en España. Estas circunstancias se deberán justificar documentalmente.
  • Personas que viajen por motivos familiares imperativos debidamente acreditados.
  • Personas que acrediten documentalmente motivos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuya entrada se permita por motivos humanitarios.

En estos casos, deberán presentar test PCR negativo (72 horas previas al embarque) o Test de antígenos (48 horas previas al embarque). O, como alternativa, presentar un certificado de recuperación de COVID, máximo 180 días a partir de la fecha de la toma de la muestra.

En todo caso, los certificados deberán estar redactados en español, inglés, francés o alemán. En el caso de no ser posible obtenerlo en estos idiomas, el documento acreditativo deberá ir acompañado de una traducción al español realizada por un organismo oficial

Travel Safe. Portal oficial de Turismo de España

14 de enero de 2022

A partir del lunes 17 de enero de este año, los argentinos que quieran viajar a España deberán presentar una certificación del esquema completo de vacunación. Generalmente hablamos de dos dosis, excepto la vacuna de Jansen/Jhonson & Jhonson que es de una sola dosis.

Las vacunas consideradas son de los laboratorios Pzifer, Moderna, Astrazeneca, Jansen/Jhonson & Jhonson, Sinovac y Sinopharm.

«Un argentino que quisiera viajar a un país concreto debería controlar siempre con las autoridades nacionales cuáles son las medidas que aplican allí porque lo que adopta la Unión Europea es una recomendación. Después cada país es el que decide cómo implementarla”, insisten desde el Consejo Europeo. España, por ejemplo, admite a visitantes de terceros países -aquellos que no integran el espacio de libre circulación europea llamado Schengen- que presenten “certificados con vacunas no autorizadas por estos organismos (EMA/OMS), pero la última dosis administrada debe ser de una de las vacunas autorizadas”, confirman en el Ministerio de Sanidad español. Es decir que aquellos argentinos que hayan recibido dos dosis de Sputnik -el suero ruso aún no aprobado en Europa- y un tercer pinchazo de refuerzo de alguna de las vacunas aceptadas por la EMA y la OMS puede ingresar a España, uno de los países europeos más afectados por la variante Ómicron del Sars-Cov-2 y que transita la sexta ola de contagios.

Clarín. 19 de enero de 2022. Marina Artusa.

En este marco es importante tener en cuenta que la segunda dosis debe haber sido aplicada 14 días antes de ingresar a España  y el certificado debe tener nombre y apellido, fecha de vacunación, nombre de la vacuna, país emisor con su debida identificación. Quedarán eximidos los residentes habituales en la Unión Europea, Estados asociados Schengen, Andorra, Mónaco, El Vaticano (Santa Sede) o San Marino que se dirijan a ese país, acreditándolo documentalmente. Titulares de un visado de larga duración, profesionales de la salud, personal de transporte, marinos y el personal aeronáutico, personal diplomático y estudiantes, trabajadores altamente cualificados cuya labor sea necesaria y no pueda ser pospuesta.

Mensajero Web. 14 de enero de 2022. España: cambios en el ingreso para los argentinos.

Además, y como sucedía antes, se debe gestionar un código QR, el que se obtiene al completar el formulario de Control Sanitario (FCS) disponible en el siguiente enlace

Ello significa un cambio radical, dado que hasta el momento quienes viajaban al país ibérico, desde Argentina, no debían presentar nada y sólo debían gestionar el mencionado código QR, incluso si estás en tránsito.

El motivo de todo este cambio se debe a que desde las 00:00 hs. Del 17 de enero y, en principio, hasta el 23 de enero de este año, inclusive, Argentina es considerado país de riesgo. Cosa que antes (desde octubre y hasta el 16 de enero) no lo era.

Fuente: El mensajero Web. 14 de enero de 2022.

Sucedió que el Ministerio de Sanidad no extendió la vigencia de la Orden SND/791/2021 mediante la cual se ingresaba al país a la lista de los países terceros exceptuados y los argentinos que viajaban a España, desde fines de agosto del 2021 hasta el 16 de enero de 2022 sólo tenían gestionar el referido código QR.

Atención, si no presentan esquema completo de vacunación las personas mayores de 12 años, deben realizar una cuarentena de 10 días.

¿Qué dijo al respecto la Embajada de España?

Dicha Embajada, de acuerdo al siguiente enlace, expresa que todos los pasajeros que ingresen en España procedentes de Argentina se les exigirá la certificación de haber cumplido alguno de los siguientes requisitos sanitarios: 

  • Certificado de vacunación, expedido por las autoridades competentes del país de origen, que acredite que el titular ha recibido una vacuna contra la COVID-19 autorizada por la Agencia Europea del Medicamento (ver enlace) o la Organización Mundial de la Salud (ver enlace). También se admiten certificados con vacunas no autorizadas por estos organismos, pero la última dosis administrada debe ser de una de las vacunas autorizadas. Se definen como pautas vacunales completas las establecidas en la Estrategia de vacunación frente a COVID-19 en España (ver enlace). El certificado tendrá validez a partir de los 14 días posteriores a la administración de la pauta completa de vacunación. 
  • Certificado de diagnóstico que indique el resultado de una Prueba Diagnóstica de Infección Activa de COVID-19 que se haya realizado el titular. Serán válidos aquellos con resultado negativo, cuya toma de muestra haya sido obtenida:
    • NAAT-pruebas de amplificación de ácido nucleico (PCR, TMA, LAMP, NEAR, etc.), dentro de las 72 horas previas a la llegada a España.
    • RAT-test rápido de antígenos, dentro de las 48 horas previas a la llegada a España. Puede consultar el listado de test rápidos aprobados por la Comisión Europea (ver enlace).
  • Certificación de recuperación que confirme que el titular se ha recuperado de la COVID-19. Se aceptarán como válidos los expedidos por la autoridad competente o por un servicio médico como mínimo 11 días después de la realización de la primera prueba diagnóstica NAAT con resultado positivo. La validez del certificado finalizará a los 180 días a partir de la fecha de la toma de la muestra.

Todo ello, además del cumplimentación del Formulario de Control Sanitario:Todos los pasajeros que lleguen a España por vía aérea o marítima, sin excepción, incluidos los que viajan en tránsito a otros a países, deberán cumplimentar antes de su ingreso en España un Formulario de Control Sanitario (FCS), a través de la web o de la aplicación Spain Travel Health-SpTH.  Tras la cumplimentación del Formulario de Control Sanitario se generará un código QR individualizado que el viajero deberá presentar a las compañías de transporte antes del embarque, así como en los controles sanitarios en el punto de entrada de España. 

Los menores de 12 años están exentos de presentar los certificados exigidos (vacunación, diagnóstico o recuperación), pero sí deberán cumplimentar el Formulario de Control Sanitario y obtener un código QR individualizado.

Para más información, la misma Embajada recomienda consultar el siguiente enlace.

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