Nómades digitales en Argentina

11 de mayo de 2022

Comentarios sobre la Disposición de la Dirección Nacional de Migraciones

La Dirección Nacional de Migraciones, a través de la Disposición 758/2022, decidió autorizar las residencias por 180 días a los denominados “nómades digitales”. Siempre que se trate de extranjeros que no requieran visa para ingresar al país. Incluso, se puede renovar por única vez y por el mismo periodo de 180 días.

¿Qué países requieren visa para ingresar al país? Aquí les dejo un enlace a esa información. 

La norma en cuestión entrará en vigencia a partir del 22 de mayo de este año, de acuerdo a lo que determina en su artículo 5º.

Por otro lado, cabe realizar la siguiente pregunta ¿Qué requisitos se deben cumplir para acceder a esta residencia particular? La respuesta a esta pregunta está en el artículo 2º de dicha norma que exige:

  • Solicitud suscrita por la persona interesada, indicando: datos personales, actividad/es laboral/es independiente/s que va a desarrollar. Se deberá incluir un breve Currículum Vitae en donde conste su experiencia en el campo en el que se va a desempeñar, y nivel de estudios o formación alcanzada.
  • Pasaporte válido y vigente.
  • Imagen fotográfica 4 x 4.
  • Documentación probatoria de la actividad que desarrolla (contrato, aval de empresa o constancia de solicitud de demanda laboral, certificaciones o recibos de ingresos u honorarios) y consignar por lo menos una referencia vinculada a su ocupación.
  • Abonar la tasa retributiva de servicios prevista en el artículo 1°, inciso f), apartado III, del Decreto N° 231/09, modificado por su similar N° 285/21, para las solicitudes realizadas desde el exterior en la modalidad de “Tramitación de Ingreso Electrónica”; o bien tasa retributiva de servicios prevista en el artículo 1°, inciso f), apartados I y II, o inciso h), apartados I y II, del Decreto N° 231/09, modificado por su similar N° 285/21, ello según la categoría que previamente ostentara el peticionante, para aquellas solicitudes interpuestas dentro de la Argentina, en oficinas de la Dirección Nacional de Migraciones.

Es más, se aclarar que toda la información proporcionada deberá estar legalizada y traducida al idioma español y tendrá carácter de Declaración Jurada y será acreditada al momento de registrar la tramitación de ingreso electrónica al país (cuando sea cumplimentada desde el exterior) o la solicitud de regularización migratoria (si se encontrara dentro del Territorio Nacional) en el sistema informático de la Dirección Nacional de Migraciones.

Vale aclarar que estas exigencias se suman a las que normalmente exigen para su ingreso. Ante la menor duda recomiendo consultar con la Dirección Nacional de Migraciones.

Por último, se puede solicitar una prórroga de la residencia, la que se dará por única vez y por el mismo periodo (180 días), y para ello, como dice el art. 3º de la disposición, se debe acreditar:

  • Pasaporte válido y vigente.
  • Constancias de ingresos percibidos por el ejercicio de servicios prestados durante el período de la residencia que se pretenda prorrogar.
  • Certificado de antecedentes penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia
  • Haber permanecido dentro del Territorio Argentino por un período no inferior al CINCUENTA POR CIENTO (50 %) del plazo de la residencia que se pretenda prorrogar.
  • Abonar la tasa retributiva de servicios prevista en el artículo 1°, inciso g), apartados III y IV, del Decreto N° 231/09, modificado por su similar N° 285/21.
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